La Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica modifica la regulación de la facturación por los servicios y suministros prestados a las administraciones públicas.

El objetivo de la implantación de la factura electrónica es hacer efectivas las múltiples ventajas que se derivan de las mismas en relación con los sistemas de facturación en el soporte tradicional. Entre éstas pueden destacarse la reducción de tiempos y costes de envío, la posibilidad de generación automática de las facturas, la reducción de plazos en la tramitación tanto en la empresa como en la administración.

La propia ley determina que a partir del día 15 de enero de 2015 los proveedores de las administraciones públicas deberán facturar obligatoriamente en formato electrónico, salvo que se trata de personas físicas (artículo 4).

Con objeto de facilitar la presentación de facturas electrónicas, el Ayuntamiento de Pozo Lorente se ha adherido al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas.

Para presentar facturas, acceda al siguiente enlace:

https://FACE.GOB.ES/

Con carácter general los códigos que deben contener las facturas electrónicas que se remitan al Ayuntamiento de Pozo Lorente serán:

Oficina Contable

L01020642

Órgano Gestor

L01020642

Unidad Tramitadora

L01020642